DIPUTACIÓN MAYOR DE GOBIERNO

     Al Diputado Mayor de Gobierno, le corresponde responsabilizarse de la cofradía en la calle ante la Junta de Oficiales de la Hermandad, se ocupará de la organización y discurrir de la cofradía en la calle, velando de su orden y de que se cumplan el horario y el itinerario fijado por la Autoridad Eclesiástica. Será asistido en estas funciones por los Auxiliares (diputado auxiliar, diputado de cruz de guía, diputados de tramos o celadores y fiscales de paso) que a propuesta suya nombrará la Junta de Gobierno, en el numero que él crea necesario y habida cuenta de las aptitudes que deben concurrir en los hermanos designados.

     El Diputado Mayor de Gobierno confeccionará la lista de la cofradía en colaboración con la Secretaría y la Tesorería, de la que dará debida cuenta.

     Igualmente será el responsable de la adjudicación de los puestos correspondientes al cortejo litúrgico, (monaguillos, servidores y acólitos).

     Entre sus funciones y deberes se encuentran los siguientes:

  • Propondrá al Cabildo de Oficiales los puestos de responsabilidad de la cofradía con criterio de eficacia, confianza y antigüedad y dispondrá el sitio a ocupar por todos los hermanos en el cortejo.
  • De la nómina de la cofradía deberán de quedar dos ejemplares en poder de la secretaria par su archivo.
  • Recorrerá el recorrido con suficiente antelación en compañía de mayordomos y Fiscales, incluidos el de cruz de Guía con objeto de solventar las dificultades que se pudiesen encontrar. Elevando informe a la Junta de Gobierno que elevará al organismo competente en la materia.
  • Se encontrará presente en el reparto de papeletas de sitio junto al Tesorero y el Secretario, solventando las incidencias que se pudiesen presentar.
  • Es el responsable de citar a la reunión de diputados de tramo.
  • Se encontrará en la Iglesia con suficiente antelación para el montaje de la Cofradía junto con sus colaboradores y auxiliares.
  • Será el encargado de controlar el horario en colaboración con el Fiscal de Cruz de Guía y de los Fiscales de Paso y será el encargado de solicitar por delegación las diferentes venias de paso.
  • En caso de lluvia o causa mayor que sorprenda a la cofradía en la calle, tomará la decisión que crea más oportuna, consultando si le fuera posible con el Hermano Mayor, en los términos del articulo 33 y 34 del presente Reglamento.

     Además de las funciones anteriores, se le confiere las siguientes tareas:

  • Planificar, disponer de todo lo necesario, organizar y llevar a cabo con toda diligencia todas las procesiones de culto interno o externo de la Hermandad.
  • Proponer al Cabildo de Oficiales las normas a presentar al Cabildo General de Salida.
  • Proponer al Cabildo de Oficiales para su nombramiento los hermanos que deban ser nombrados diputados al servicio de los tramos o encargados de misiones de responsabilidad relevante durante la Estación de Penitencia.
  • Durante los quince días siguientes al de la Estación de Penitencia, recibirá de los diputados al servicio de los tramos y de los hermanos en general cuantas cartas, informes o comunicaciones éstos tengan que enviarle sobre incidencias habidas durante la Estación de Penitencia y con ello, y su propia información, preparará un informe al Cabildo de Oficiales que, antes de los veinte días contados a partir del día de la salida , se reunirá para el estudio de estas incidencias y la toma de decisiones al respecto.